TEORIA:
SUSTITUTIVOS PENALES
No menos célebre es
la teoría de
los “sustitutivos penales”,
con la que
sugiere Ferri un ambicioso
programa político criminal
de lucha y
prevención del delito logrando con ello prescindir del
Derecho Penal. Su planteamiento
es el siguiente:
el delito es un
fenómeno social, con una dinámica propia y etiología específica, en la que
predominan los factores sociales. En
consecuencia, la lucha
y prevención del delito debe
llevarse a cabo a través de una
acción realista y científica de los poderes públicos que se anticipe a
aquél, e
incida con eficacia
en los factores
(especialmente en los
factores sociales)
criminógenos que lo
producen, en las
más diversas esferas
económica, política,
científica, legislativa, religiosa,
familiar, educativa,
administrativa, etc.), neutralizando
dichos factores.
La pena, según Ferri sería, por sí sola, ineficaz, si no va precedida y
acompañada de las oportunas reformas económicas, sociales, etc. orientadas por
un análisis científico y etiológico del crimen. De ahí que el autor propugne,
como instrumento de lucha contra el delito, no
el Derecho Penal
convencional sino una
Sociología Criminal integrada, cuyos pilares
serían la Psicología
Positiva, la Antropología
Criminal y la
Estadística Social. En cuanto a la tipología de Ferry, baste con
recordar que parte de la existencia ideal de cinco tipos básicos de
delincuentes (nato, loco, habitual, ocasional y pasional) a la que
añadirá la categoría
del delincuente involuntario
(imprudente en nuestra terminología actual),
si bien admite
la frecuente combinación
en la vida
cotidiana de características de
los respectivos tipos
en una misma
persona, lo que
otorga a su tipología una saludable flexibilidad.
Una última reflexión política
obliga a
resaltar las contradicciones y debilidades de Ferri,
autor que dijo
de sí mismo
haberse sentido “Marxista”,
y la proclividad totalitaria de algunas tesis
positivistas. Ferri lamentó siempre el excesivo individualismo de los clásicos,
y su continua
remisión a los
derechos del individuo
delincuente, en detrimento de la defensa
eficaz de la
sociedad. Propugnó, como
buen positivista, las excelencias del orden social (del orden
social de la burguesía naciente, en definitiva) y la necesidad de su defensa a
ultranza, a costa si fuera imprescindible del sacrificio de los derechos
individuales, de la seguridad jurídica e incluso de la propia humanidad de las
penas. De ahí su ingenua confianza en el régimen fascista (en cuanto que:
Reforzaría el principio de autoridad,
freno del individualismo liberal);
su preferencia por el sistema de
medidas de seguridad (libres del formalismo y obsesión por las garantías
individuales de los juristas)
y por la
sentencia indeterminada; su
hostilidad hacia el
sistema del jurado (Ferri
pretendía una administración técnica
y profesionalizada) e
incluso la admisión, aunque
matizada, de la pena de muerte.
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