LA BUSQUEDA
DE LA ORALIDAD
Se ha trabajado en la Corte Suprema de Justicia por conseguir la
oralización de todas las actuaciones procesales, principalmente las audiencias que se realizan dentro del proceso penal,
lo cual se ha logrado en forma parcial. La fundamentación se encuentra en el
Reglamento de la propia Corte Suprema de Justicia. Se ha apreciado la renuencia
al cambio por los Profesionales del Derecho, se afirma que se están variando
las formas del procedimiento, pero la propia norma procesal establece que deben oralizarse todas las audiencias y su trámite se regirá por las disposiciones de la propia Ley del Organismo Judicial, cuyos cambios se conducían a que se oralizaran todos los procesos en general. La experiencia tenida a la fecha con el procedimiento
acusatorio demuestra que no es frecuente la utilización de la oralidad, ante
aquellos tribunales que aún añoran el procedimiento escrito y la formación de
expediente. Pero en su mayoría, ya todo se encuentra oral-izado. Se aprecia la creación
del juez de primera instancia de casos de femicidio, así como tribunal de
sentencia y sala de la Corte de Apelaciones en esa materia. Estos expresamente se encargan de casos de femicidio en exclusiva. Dichos tribunales tienen como lema, cero papel dentro de sus oficinas. Lo que significa que
todo es gravado y notificado a los sujetos procesales y ya no se formarán
expedientes por cada caso. El documento que da inicio al proceso se llega a
escanear y luego se señalan las audiencias en las cuales ya no se emplea papel para la formación de expedientes. Este deja de existir. Así es que pronto estaremos viendo
los casos virtuales y expedientes virtuales, en los que se podrá apreciar las
audiencias grabadas, tanto en audio como en vídeo.-
Al ingreso a las salas de audiencia de juicio se aprecia la
instalación de unas cámaras que tienen la función de grabar todo lo que sucede
en la misma, a partir del instante en que se da inicio a la audiencia por los
jueces. Ello nos conduce a pensar que muy pronto se estará apreciando el desarrollo
de la audiencia en la web, con el solo hecho de ingresar a la misma se podrá
establecer cuál es la que se está realizando, por cualquiera en cualquier parte
del mundo. Aquí se estará llegando a la publicidad procesal en su máxima
expresión. De momento se puede recibir
el audiencia de cada audiencia, ya que lo que a los sujetos procesales lo que
les interesa es apreciar el contenido de cada una de ellas.
Aún en los tribunales de sentencia se entrega la resolución final
por escrito, es decir la sentencia, a efecto de que los sujetos procesales puedan plantear la apelación
en caso de que existan agravios por hacer valer en la alzada. Pero lo ideal sería evitar al máximo
la entrega de papeles en los sujetos procesales. El cambio tendrá que ser paulatino, no
se deberá de pretender efectuar el mismo en forma abrupta y en forma total, ya que
se corre el riesgo de que se haga valer la resistencia al cambio por todos los
profesionales del Derecho que aún no han ingresado a la tecnología. Hay quienes aún no tienen ni correo electrónico, y llegar al extremo de tener que estar conectados a la Web, como requisito para el ejercicio profesional, es quizá una exigencia muy adelantada a la época. Esperemos que todo se llegue a desarrollar sin mayores contratiempos. .
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