lunes, 24 de septiembre de 2012


LA    BUSQUEDA    DE    LA   ORALIDAD

Se ha trabajado en la Corte Suprema de Justicia por conseguir la oralización de todas las actuaciones procesales, principalmente las audiencias que se realizan dentro del proceso penal, lo cual se ha logrado en forma parcial. La fundamentación se encuentra en el Reglamento de la propia Corte Suprema de Justicia. Se ha apreciado la renuencia al cambio por los Profesionales del Derecho, se afirma que se están variando las formas del procedimiento, pero la propia norma procesal establece que deben oralizarse todas las audiencias y su trámite se regirá por las disposiciones de la propia Ley del Organismo Judicial, cuyos cambios se conducían a que se oralizaran todos los procesos en general.  La experiencia tenida a la fecha con el procedimiento acusatorio demuestra que no es frecuente la utilización de la oralidad, ante aquellos tribunales que aún añoran el procedimiento escrito y la formación de expediente. Pero en su mayoría, ya todo se encuentra oral-izado.  Se aprecia la creación del juez de primera instancia de casos de femicidio, así como tribunal de sentencia y sala de la Corte de Apelaciones en esa materia. Estos expresamente se encargan de casos de femicidio en exclusiva. Dichos tribunales tienen como lema, cero papel dentro de sus oficinas.  Lo que significa que todo es gravado y notificado a los sujetos procesales y ya no se formarán expedientes por cada caso. El documento que da inicio al proceso se llega a escanear y luego se señalan las audiencias en las cuales ya no se emplea papel para la formación de expedientes. Este deja de existir. Así es que pronto estaremos viendo los casos virtuales y expedientes virtuales, en los que se podrá apreciar las audiencias grabadas, tanto en audio como en vídeo.-

Al ingreso a las salas de audiencia de juicio se aprecia la instalación de unas cámaras que tienen la función de grabar todo lo que sucede en la misma, a partir del instante en que se da inicio a la audiencia por los jueces. Ello nos conduce a pensar que muy pronto se estará apreciando el desarrollo de la audiencia en la web, con el solo hecho de ingresar a la misma se podrá establecer cuál es la que se está realizando, por cualquiera en cualquier parte del mundo. Aquí se estará llegando a la publicidad procesal en su máxima expresión.  De momento se puede recibir el audiencia de cada audiencia, ya que lo que a los sujetos procesales lo que les interesa es apreciar el contenido de cada una de ellas. 
Aún en los tribunales de sentencia se entrega la resolución final por escrito, es decir la sentencia, a efecto de que los sujetos procesales puedan plantear la apelación en caso de que existan agravios por hacer valer en la alzada.  Pero lo ideal sería evitar al máximo la entrega de papeles en los sujetos procesales. El cambio tendrá que ser paulatino, no se deberá de pretender efectuar el mismo en forma abrupta y en forma total, ya que se corre el riesgo de que se haga valer la resistencia al cambio por todos los profesionales del Derecho que aún no han ingresado a la tecnología.  Hay quienes aún no tienen ni correo electrónico, y llegar al extremo de tener que estar conectados a la Web, como requisito para el ejercicio profesional, es quizá una exigencia muy adelantada a la época. Esperemos que todo se llegue a desarrollar sin mayores contratiempos. . 

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