CONCEPTO
MATERIAL DE CULPABILIDAD.
Cuestión distinta
de las tratadas
hasta ahora es
la del fundamento material específico que sirve de base a la
culpabilidad. Fuera del tipo de injusto, es decir, de la tipicidad y de la
antijuricidad, existe una
serie de elementos
(capacidad de culpabilidad, conocimiento de la
antijuricidad, no-exigibilidad de otra conducta) que forman parte de la teoría
general del delito y también condicionan la aplicación de una pena (elementos
de la culpabilidad) Si no se
quiere asignar a
cada uno de
estos elementos un
puesto autónomo e independiente, cada
uno constitutivo de
una nueva categoría
del delito, deberá procurarse reconducirlos
a una misma categoría, en la
medida en que respondan
a un denominador común a todos
ellos, es decir, a un mismo fundamento material.-
Como ya
se ha dicho,
este fundamento material
no puede encontrarse
en la indemostrable posibilidad
de actuar de un modo distinto. A mi juicio, este fundamento material de la
culpabilidad hay que buscarlo en la función motivadora de
la norma penal.
La norma penal
se dirige a
individuos capaces de motivarse en su comportamiento por los
mandatos normativos. Lo importante no
es que el
individuo pueda elegir
entre varios comportamientos posibles; sino
aquellos que la
norma penal le
motiva evitar con
sus mandatos y prohibiciones buscando
que se abstenga
de realizar uno
de estos en
especial, ya que tendrá como consecuencia la ejecución de
la pena a sufrir. A partir de
un determinado desarrollo mental, biológico
y cultural del
individuo, se espera que este pueda motivarse por los mandatos normativos. La evolución
cultural y de los conocimientos
sociológicos, psicológicos y
biológicos, ha permitido
fijar en la legislación unos
criterios para determinar
los casos en
los que, a
partir de un determinado grado de desarrollo biológico,
psíquico y cultural, es posible atribuir a un individuo el hecho típico y
antijurídico y hacerle responsable del mismo. El
fundamento material común
a estos criterios
que englobamos en el concepto
de culpabilidad, se encuentra, por tanto, en aquellas facultades que
permiten al ser humano participar
con sus semejantes,
en condiciones de
igualdad, en una
vida en común pacífica y justamente organizada.
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