APELACIÓN ESPECIAL
La otra circunstancia por la cual se puede acudir a la alzada, es
por vía de la apelación especial, la misma se puede plantear contra la
Sentencia que ha dictado el tribunal de sentencia. Se puede plantear contra la resolución
o la sentencia del tribunal de sentencia o de ejecución. Además de los recursos expresados se
encuentra la queja, la cual es procedente cuando, habiendo interpuesto una
apelación, y el juez o tribunal que lo ha recibido lo deniega, procediendo el
mismo. Se puede acudir ante el tribunal de alzada a manifestar lo sucedido
quien ordenará se le informe o se le remita el expediente para decidir si
procede o no. Podría mencionarse el
AMPARO, LA EXHIBICION PERSONA Y LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CASO
CONCRETO Pero aquí nos estaríamos
saliendo totalmente del tema que nos ocupa. Dicho tema creo oportuno debe de
desarrollarse por aparte y con mayor prontitud.
Como se puede apreciar, hay oportunidad en cada etapa del proceso,
hasta antes de que se declare abierta la audiencia de juicio oral, para poder
plantear un criterio. Pero si el asunto
es demasiado, podría pensarse en la posibilidad de resolver el juicio mediante
el juicio abreviado. La idea es resolver el problema de alguna forma más civilizada
que el propio proceso penal, que es la forma más agresiva que la civilización ha
identificado para resolver sus conflictos, aunque sea la forma más violenta de hacerlo.
Sin embargo se ha querido informar por este medio sobre las
distintas actividades que se pueden
realizar en cada una de las etapas procesales. Se pretende hacer más efectiva
la labor del profesional dentro del proceso oral y público. Para muchos, los
cambios que se han dado, los a obligado a tomar distintas actitudes, ya que,
cuando se les niega la recepción de documentos para ser incorporados al
expediente llegan a descubrir que todo se ha oralizado, a muchos esto los
incomoda, pero deberá tenerse presente que es para bien del sistema, ya que lo
que se busca es una constante aceleración procesal.
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