miércoles, 26 de septiembre de 2012


APLICACIÓN    DE   UN     CRITERIO      YA    EN   EL     TRIBUNAL    DE SENTENCIA



Es posible la aplicación de un criterio, hasta antes del inicio de la audiencia de Juicio Oral y Público. Lo cual ocurre, cuando el tribunal declara abierta la audiencia contra el imputado.

Si el imputado, ofrece pagarle a la víctima, el monto que reclama por los daños producidos, o lo garantiza con sus bienes. O bien, saca el dinero que tiene entre la bolsa para pagarle una cantidad de dinero considerable que permita reembolsarle el daño causado, no tiene cado que se de inicio a la audiencia de juicio contra dicha persona.  Lo que pide el imputado es que se dé por terminado el juicio, pero ya no por sentencia, sino por la aplicación de algún criterio a su favor. El imputado lo que desea es pedirle al querellante y al fiscal que ya no continúe con la acusación en su contra.

El juez me pregunta: ¿como aprecio el asunto? Mi respuesta fue que el Tribunal de Sentencia puede aplicar un criterio. La ley procesal afirma que lo puede hacer hasta antes del inicio del juicio. Y califico que éste da inicia, después de la verificación y constatación de la presencia de los sujetos procesales. Y es cuando el tribunal declara abierta la audiencia de juicio. Es en éste instante cuando se abre la audiencia de juicio.

Por tanto es factible aplicar un criterio.  El no hacerlo es complicarle la existencia a todo el sistema. Las personas quieren justicia pronta y cumplida y si en ese momento se ofrece resarcir el daño, hay que aceptarlo, pues se resuelve el problema. Una actitud adversa al ofrecimiento de pago es contraproducente. El estado tiene muchas cosas más importantes que atender y enfrascarse en que la defensa debió analizar antes su postura y valorar lo que podía perder. Considero que es un revanchismo el no querer aceptar el ofrecimiento. Se busca solucionarlo, quizá a última hora, pero de todas formas, el problema será resuelto. La respuesta del juzgador fue que pensaba en forma diferente. Consideraba que ya era muy tarde para pretender arreglar el problema. Creo que no es así, pero bueno, hay que tener un criterio muy amplio para entender las cosas de otra forma.   Aconsejo a los juzgadores a que eviten al máximo el mantener viva una confrontación entre particulares. Se busca que se solucionen los problemas sociales, no que se compliquen más éstos.-

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